Me deben una factura desde hace más de 6 meses ¿qúe hago con el IVA que he pagado y no he cobrado?
Esta es una de las preguntas que mas nos hacen a lo largo del año. En el caso de facturas incobrables Hacienda establece unos requisitos para poder deducirnos el IVA que ya hemos pagado. Los requisitos son los siguientes:
Que hayan pasado más de 6 meses desde que se emitió la factura, (grandes empresas 1 año)
Que el destinatario de la factura sea un autónomo o una empresa.
Que el importe de la factura sea superior a 300 € más IVA.
Que se haya reclamado el cobro de la factura por requerimiento notarial o judicial.
Cuando tengamos el requerimiento hecho, lo comunicamos a la agencia tributaria para poder deducirnos el IVA ya pagado.
NOTA. Si estás dado de alta con criterio de caja, los pasos a seguir son otros, así como si el deudor es la Administración o una empresa declarada en concurso de acreedores.
Este es el procedimiento general resumido, para cualquier consulta, no dudes en llamarnos.